Durante el mediodía, la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un nuevo fallo referente a los comicios tucumanos. En esta ocasión, los jueces admitieron el “pedido de levantamiento” efectuado por el gobierno de Tucumán. Se resolvió “disponer el levantamiento de la suspensión de la elección a gobernador y vicegobernador”. Esto significa que la provincia ya puede convocar a las urnas. Solo queda establecer una nueva fecha para hacerlo.
La decisión fue tomada en vista de que Juan Manzur renunció a su candidatura a vicegobernador para el período 2023 – 2027. Como consta en el documento, la “Provincia de Tucumán puso en conocimiento» al Tribunal al respecto y “solicitó el levantamiento de la medida cautelar” establecida días atrás.
Se respondió positivamente a la petición, siguiendo el Código Procesal Civil y Comercial. El artículo 202 del mismo estipula que las medidas cautelares “subsistirán mientras duren las circunstancias que las determinaron”. Al no presentarse Manzur, desaparece el motivo que impulsó la disposición.
La Corte explica que dicha sentencia obedecía al “peligro que hubiera causado la demora en el dictado de la medida solicitada”. Esto, debido a que llevar a cabo elecciones que incluyan candidaturas problemáticas para la “pauta republicana” del país, podría producir “un trastorno institucional de difícil reparación”.
Pese a que se haya levantado la suspensión del sufragio, todavía no se ha dado a conocer la fecha en que los ciudadanos tucumanos podrán votar. Se estima que podría ser el primer o segundo domingo del próximo mes, es decir, el cuatro u once de junio. Según el gobernador, esto será definido en las próximas horas.
Celebro que la Corte Suprema de Justicia de la Nación haya escuchado nuestro planteo y levantado la cautelar que impedía a las y los tucumanos concurrir a las urnas. En las próximas horas estaremos definiendo la nueva fecha de los comicios para retomar el proceso electoral.
— Juan Manzur (@JuanManzurOK) May 16, 2023
Documento completo: Fallo-Corte-Suprema-Levantamiento-Cautelar.pdf