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GRAVE CENSURA: El Ministerio Público Fiscal impide a medio de comunicación la divulgación de sus actos

5 de noviembre de 2025
en Actualidad, Destacadas
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GRAVE CENSURA: El Ministerio Público Fiscal impide a medio de comunicación la divulgación de sus actos
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La Justicia de Tucumán impuso un bozal legal a productores, periodistas y conductores de la señal televisiva CCC. El bozal legal esta dirigido al director de una empresa de televisión por cable, así como a los productores, periodistas y conductores de esa firma, en todo lo relacionado con el trabajo de fiscales, funcionarios y magistrados locales.
La medida cautelar fue dictada por el juez subrogante Lucas Taboada a partir de una denuncia penal iniciada por el titular del Ministerio Público Fiscal de la provincia, Edmundo Jiménez.

El jefe de los fiscales impulsó una investigación en contra del director de la Compañía de Circuitos Cerrados (CCC), Gustavo Olarte, por supuestos entorpecimiento y ofensa al ejercicio de las funciones públicas, coacción institucional e incitación pública a la violencia o al descrédito institucional. La cautelar del juez no sólo alcanza a Olarte, sino que se amplía los productores, periodistas y conductores de la empresa, y ordena el cese inmediato de la difusión, por cualquier medio televisivo, radial, digital o en redes sociales, de “todo contenido, programa o publicación que, directa o indirectamente, injurie, desacredite, tergiverse o distorsione la actuación de los fiscales, de sus funcionarios o de los magistrados intervinientes, y su abstención futura de realizar actos comunicacionales de igual naturaleza, bajo apercibimiento de desobediencia judicial”. Además, establece una duración de seis meses.


Vale recordar un caso reciente del alto impacto social y político, como fue la prohibición de difusión de los audios atribuidos a Karina Milei. En ese momento, el juez interviniente intentó censurar toda difusión de contenido considerado injurioso en su contra, pero un tribunal civil falló de manera contundente en favor de la libertad de expresión.

Si bien los magistrados reconocieron que los panfletos contenían acusaciones severas, advirtieron que no correspondía restringir su difusión, en tanto los funcionarios públicos y magistrados se encuentran sujetos al escrutinio social, protegido por la libertad de expresión. «Cuando lo publicado se relaciona con funcionarios públicos, las pretensiones como las que se encuentran sujetas a tratamiento, ceden ante los demás derechos antes aludidos. Si bien las manifestaciones vertidas resultarían acusaciones severas, no pueden prohibirse ese tipo de difusión como la exposición de los funcionarios públicos y los magistrados sujeta al escrutinio público», remarcaron los jueces.


FOPEA, la Asosiación de Periodistas Argentinos,, advierte que la medida de la Justicia tucumana afecta claramente el derecho a la información de la ciudadanía y que su aplicación pondría en riesgo la libertad de expresión y de prensa, derechos de raigambre constitucional, además de representar un claro acto de censura previa. La jurisprudencia nacional e internacional indica que el honor, la intimidad y otros derechos de un individuo no admiten como regla la protección judicial preventiva, sino remedios reparatorios. Mucho más cuando se trata de información vinculada a funcionarios públicos.

La Proclama, se solidariza con los profesionales afectados y brega por la pronta restitución de la libertad de prensa conferida en nuestra Carta Magna y en diversos Tratados Internacionales.

Fuente: FOPEA

Etiquetas: CCCLa ProclamaMedio de ComunicaciónSensura a la Libertad de Expresion
Mariela Reche

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