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El Senado aprobó en general el Régimen Penal Juvenil

27 de febrero de 2026
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El Senado aprobó en general el Régimen Penal Juvenil
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El Senado aprobó este viernes la baja de edad de imputabilidad de los menores de 16 a 14 años con la reforma de la Ley Penal Juvenil. La votación resultó 44 votos positivos y 27 negativos.

Así, La Libertad Avanza (LLA) consiguió un nuevo triunfo legislativo para el período de sesiones extraordinarias. Incluso, la jefa del bloque de senadores oficialistas, Patricia Bullrich, pidió un minuto de silencio para las víctimas de los hechos de inseguridad.

La sesión iniciará a las 11 horas del viernes y el oficialismo contaría con apoyos para convertir en ley ambos proyectos. Como antecedentes directos, la reforma laboral fue aprobada en el Senado con 42 votos a favor y 30 en contra en el mes de febrero. En cuanto al Régimen Penal Juvenil, la Cámara de Diputados la aprobó hace dos semanas con 149 apoyos y 100 rechazos.

En la jornada del jueves, el Gobierno logró la aprobación del acuerdo del Mercosur-Unión Europea con una amplia mayoría de 69 votos a favor y 3 en contra, convirtiéndose en el primer país en promulgar el tratado. Luego, consiguió la media sanción en la reforma en la Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglaciar, que aún debe ser tratado en la Cámara de Diputados.

Régimen Penal Juvenil: qué dice el proyecto

Además de bajar la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, el objetivo del proyecto es «fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social». Para ello, propone capacitaciones, recreación y deportes, además de atención médica y de contención por adicciones. Se ofrece también velar «por la tutela efectiva de los derechos de las víctimas» y se habilitan «instancias de mediación con el adolescente imputado».

La redacción libertaria establece penas máximas de 15 años, con la posibilidad de libertad condicional al alcanzar los dos tercios de la condena. Cuando las condenas establecidas sean de hasta 3 años, o de entre 3 y hasta 10 años pero que no impliquen un delito de gravedad, se reemplazará la privación de la libertad por otras penalidades, como las amonestaciones; la prohibición del contacto con la víctima, conducción de vehículos, asistencia a determinados establecimientos recreativos y a la salida del país; y la prestación del servicio a la comunidad.

Reforma laboral: los cambios claves

El proyecto de reforma laboral oficialista establece:

Banco de horas: se reemplazan los pagos por horas extras por un sistema para compensar jornadas extensas con otras más breves o días de franco. Se respetarán descansos mínimos obligatorios: 12 horas entre jornadas y 35 horas de descanso semanal.

Indemnizaciones: se modifica el actual sistema, estableciendo compensaciones sujetadas a la inflación (con un 3% de plus anual, reemplazando el actual esquema en la que la actualización la establecía el juez interviniente) y excluyendo los aportes correspondientes al aguinaldo, las vacaciones y otros agregados.

Fondo de Asistencia Laboral (FAL): se establece un esquema compuesto por el 3% del salario de los trabajadores a una cuenta de inversiones que sería utilizada para el pago de indemnizaciones. Las grandes empresas deberán aportar el 1% (que puede ampliarse a 1,5%) y las pymes el 2,5% (que puede llegar al 3%). El empleador deberá afrontar la diferencia cuando el fondo no alcance para pagar el total de la indemnización.

Salarios: se promueven pagos por mérito y productividad en detrimento de las negociaciones colectivas del salario básico. Los sueldos podrán ser en pesos o moneda extranjera, pero también por especie.

Vacaciones: el proyecto permite que las vacaciones se fraccionen por un mínimo de 7 días. Al menos cada 3 años, y en caso de vacaciones rotativas, los trabajadores deben tener su receso en el período de verano.

Servicios esenciales: se incorpora las telecomunicaciones, hospitales, recolección de residuos, la aeronáutica comercial, el control de tráfico portuario, los servicios aduaneros y migratorios y la educación en todos sus niveles (salvo universitario) que deben garantizar al menos un prestación del 75% de su funcionamiento normal.

Promoción del blanqueo laboral: se crea un régimen de incentivos impositivos por cuatro años para aquellos empleadores que contraten a personas desempleadas o monotributistas hasta un año después de la sanción de la ley. También se abre una ventana de seis meses para el blanqueo a los empleadores que cuenten con trabajadores no registrados.

Eliminación de la «ultraactividad»: se acaba con el régimen que permite que un convenio colectivo de trabajo continúe vigente incluso después de su fecha de vencimiento, hasta que se negocie uno nuevo.

Financiamiento del cine: a partir del 1° de enero de 2028, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) será financiado exclusivamente con partidas asignadas por la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional, eliminando sus fuentes automáticas de recaudación como el porcentaje de entradas de cine vendidas o el financiamiento proveniente del ENACOM.

Trabajadores de plataformas: se reglamenta las condiciones, obligaciones y garantías que tiene el personal de plataformas. Se establece la obligatoriedad de tener un seguro de salud mientras ejerce su trabajo, aunque quien se haga cargo de él será producto de un «libre acuerdo» entre la plataforma y el trabajador, sin que esto represente condición de dependencia.

Asambleas: las convocatorias asamblearias no podrán afectar «el normal desarrollo de las actividades de la empresa» y deberá contar con autorización previa. También se establece que «el trabajador no devengará salarios durante el tiempo de la misma».FUENTE: Ámbito

Julia Daniela Benitez

Julia Daniela Benitez

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