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Proyecto de Propiedad Privada: Con el quorum justo, el Senado inicia la sesión

16 de julio de 2026
en Actualidad
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Proyecto de Propiedad Privada: Con el quorum justo, el Senado inicia la sesión
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El oficialismo quiere debatir el proyecto que elimina las restricciones a los empresarios extranjeros para comprar tierras y el pliego del juez Víctor Pesino.

Con el quorum justo, el oficialismo logró habilitar la sesión a fin de debatir el proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada que propone eliminar las restricciones para la compra de tierras por parte de extranjeros.

La incertidumbre sobre el quorum surgió en la noche del miércoles cuando se supo que, al menos tres radicales, no iban a concurrir este jueves a la Cámara alta, algo que no se concretó, y otros aliados al Gobierno que rechazan aspectos centrales del proyecto.

Tampoco quería que se realizara la sesión la vicepresidenta Victoria Villarruel que mantuvo una fuerte discusión con la jefa del bloque de LLA, Patricia Bullrich, en un intercambio que tuvieron por mensajes de texto.

«¿Cómo vamos a tener sesión después de haber casi ganado el mundial?», le reprochó Villarruel a Bullrich. Sobre el final del intercambio, la Vicepresidenta calificó a la senadora de chupamedias de Karina Milei: «Andá a chuparle las medias a Karina», espetó Villarruel; a lo que Bullrich retrucó: «¡Chau! ¡Chau comienzo y fin de una corta vida política».

Límite a la compra de tierras

Uno de los puntos centrales es que el proyecto elimina los límites para que los extranjeros puedan adquirir tierras y dispone que las provincias tendrán que autorizar las ventas a extranjeros.

Se prohibirá la adquisición de tierras rurales por parte de los Estados Extranjeros, y de empresas con participación estatal extranjera, cualquiera sea la forma jurídica que adopten, salvo autorización de la provincia donde se encuentre ubicado el inmueble y del Poder Ejecutivo Nacional.

Cada provincia conservará la jurisdicción plena sobre el territorio comprendido dentro de sus respectivos límites, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Nacional. En los casos de zonas de frontera deberá haber una autorización de los gobiernos nacionales y provinciales.

Si no existe un reparo ni del gobierno nacional ni provincial se reconocerá el silencio administrativo, con lo cual a los 180 días serán propietarios de pleno derecho.

En la versión numero 13 del dictamen se mantuvo la prohibición para que una empresa privada con capital de algún país extranjero pueda adquirir tierras, y el requisito para zonas fronterizas de tener aval de las provincias, el Gobierno y el Congreso Nacional.

Cómo quedarían los desalojos

Se aplicará un desalojo exprés solo en los casos en que se trate de inmuebles usurpados o tenedores precarios, donde el juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si «el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria».

El juez podrá intimar dentro de las 72 horas la devolución del inmueble si así lo pide el propietario, que deberá mostrar con prueba documental que es el dueño de este terreno, vivienda o campo.

Los inquilinos que adeudan el pago de sus contratos deberán recibir de parte del propietario una carta documento y otorgar un plazo de al menos 10 días corridos para ponerse al día, que se contarán desde que reciben la respectiva notificación.

La notificación se deberá realizar en el domicilio denunciado en el contrato o también por correo electrónico y deberá precisar el lugar exacto del pago. Si se mantiene el incumplimiento del inquilino, el propietario puede iniciar la acción de desalojo que se efectuará en un plazo de 10 días hábiles.

Otro punto es que el propietario no puede negarse a recibir las llaves ni poner condiciones para aceptarlas, aunque puede dejar asentado por escrito que quedan deudas pendientes por reclamar después.

En el caso de que haya menores o adultos en situación de desamparado, el juez deberá darle intervención obligatoria a los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar, disponiendo un plazo prudencial que no excederá de 10 días para asegurar una alternativa habitacional transitoria, sin perjuicio de la continuidad del proceso.

Etiquetas: Propiedad PrivadaSenado
Julia Daniela Benitez

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